Luego de varios errores y críticas, el pasado 27 de abril finalmente el alcalde de Cartagena, William Dau, emitió el Decreto 0571 por medio del cual se fijaron las restricciones para el aislamiento obligatorio que va hasta el 11 de mayo. A partir de ese decreto, el alcalde indicó que los días 1, 3 y 10 de mayo, serían los días de “no pendejear”, es decir, en donde nadie podía salir de sus casas, ni siquiera a abastecerse de elementos básicos.
(Lea aquí: Alcalde Dau dice que habrá días de “no pendejear” donde no se podrá salir)
Sin embargo, la medida que ha dejado varios amonestados , al parecer es irregular, así lo denunció el presidente del Colegio Profesional de Abogados de Colombia (Colpac) y exsecretario Jurídico de la Alcaldía de Cartagena, Alcides Arrieta Meza, quien solicitó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo intervenir para evitar que el alcalde se extralimite en sus funciones y vulnere derechos humanos y libertades fundamentales.
De acuerdo con el presidente de Colpac, son varios los errores en el Decreto 0571, el primero es que en ninguna parte del documento se ordena la restricción total de circulación de personas para los días 1, 3 y 10 mayo, pues simplemente se observan unas rayas en el recuadro de las horas de salida, las cuales no indican una orden clara.
“La restricción total a la circulación de personas y actividades, para los días 1, 3 y 10 de mayo, no cumple con los requisitos de existencia para los actos administrativos, toda vez que unas líneas colocadas sobre el recuadro del horario de salidas de personas del Decreto 0571 del 27 de abril de 2020, no indican que se haya producido dicha decisión, por cuanto, no están detallados los fundamentos de hecho y de derecho en que se debería soportar tan específica medida”.
Para Arrieta, si bien, el alcalde a través de sus redes sociales explicó los alcances de la medida, no cumple con los requisitos legales, pues aunque los actos administrativos pueden ser verbales o escritos, deben cumplir con todos los requisitos constitucionales y legales, en este caso, la prohibición de circulación de personas no existe, ni verbal, ni escrita, por no darse los requisitos de existencia, como lo manda el ordenamiento jurídico.
De otro lado, afirma Arrieta que en el decreto no se explican en los considerandos las tres rayas que supuestamente decretaron el toque de queda o prohibieron la circulación general, no están motivadas, como tampoco se encuentran publicada en la gaceta, diario oficial o página electrónica de la Alcaldía. En consecuencia, la restricción general de circulación de las personas no existe, y si no existe, no podía, ni puede ser ejecutada.
Debido a esto, asegura que los comparendos hechos son nulos y por tanto las personas pueden demandar.
Viola la orden presidencial
Asimismo, el abogado considera que el acto administrativo del alcalde estaría vulnerando lo previsto en los decretos 420 del 2020, que facultó a los alcaldes a decretar el toque de queda solo para niños y adolescentes. (Lea aquí: Alcaldía emite nueva programación de pico, cédula y género)
Dice el jurista que el mandatario distrital desconoció lo previsto en el numeral 1, del artículo 2, del Decreto presidencial 418 del 18 de marzo de 2020, que ordena que las medidas que expidan las autoridades distritales, municipales y departamentales, para el manejo del orden público, deberán ser previamente coordinadas y estar en concordancia con las instrucciones dadas por el presidente de la República.
“En el decreto, ni en la raya que aparece en el decreto, puede apreciarse que hubo tal coordinación”.
Como consecuencia de esto, Arrieta considera que el alcalde está atropellando los derechos humanos y las libertades fundamentales lo cual está prohibido constitucionalmente. Igualmente, al restringir la circulación general de personas, indirectamente afectó la comercialización de artículos de primera necesidad y las demás establecidas, para lo cual no tiene, ni tenía competencia.
Finalmente, el jurista considera que al aumentar un dígito más para la circulación del pico y género, y anunciar el confinamiento total de los habitantes salvo las excepciones, provocó la salida en grandes cantidades de habitantes de Cartagena, para realizar todo tipo de actividades, lo que podría aumentar las posibilidades de contagio, además de causar daños a la economía local.
El Universal consultó a la Alcaldía, sin embargo, un vocero indicó que no se pronunciarían al respecto.