La Procuraduría General de la Nación inició una acción preventiva por el proceso de contratación que adelanta la Alcaldía Local 2 y que tiene como objeto “ejecutar las acciones tendientes a mejorar los procesos de gestión de calidad, así como también el fortalecimiento al Consejo de Planeación Local y Junta de Acción Comunal, en aras de cumplir la meta de realizar acciones para certificar proceso de la Alcaldía Local a través de ISO 9.000”.
La Procuraduría Provincial de Cartagena notificó mediante un oficio al alcalde de la Localidad 2, Gregorio Rico, para analizar las observaciones hechas por Funcicar en las que se advierte que dentro de las especificaciones técnicas a contratar hay elementos que se alejan de su objeto contractual como por ejemplo: 12 pasadías a Bendita Beach, en las Islas del Rosario.
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El Ministerio Público solicita al alcalde Rico responder a las observaciones y “tenerlas en cuenta para la toma de decisiones dentro del proceso contractual” y, de igual forma, presentar un informe sobre las decisiones tomadas.
“Recuerda este despacho que las Entidades Estatales están tuteladas por los Principios de la Contratación Estatal como lo son transparencia, Economía y Responsabilidad, aunado a los principios de la moralidad de la Gestión Pública, obligadas por la Ley 1712 de .2014 en sus procesos de contratación poner a disposición la información de sus Procesos de Contratación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición”, se lee en el oficio.
Cabe recordar que otra de las observaciones hechas por Funcicar exponen que la Alcaldía Local 2 publicó el proceso solo por dos días, contrariando los establecido en el decreto 1082 de 2015, el cual indica que la publicidad de los contratos por selección abreviada debe darse en cinco días hábiles.