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Cartagena

En primera instancia, destituyen e inhabilitan a curador urbano de Cartagena

Ronald de Jesús Llamas Bustos, curador urbano No 1 de Cartagena, fue sancionado por la Procuraduría por presuntas irregularidades cometidas al otorgar la licencia de construcción de un hotel en la ciudad.

En primera instancia, destituyen e inhabilitan a curador urbano de Cartagena

Ronald de Jesús Llamas Bustos. //Archivo.

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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 9 años a Ronald de Jesús Llamas Bustos, curador urbano No 1 de Cartagena, por presuntas irregularidades cometidas al otorgar la licencia de construcción de un hotel en la ciudad, en abril de 2016.

En primera instancia, la Procuraduría Provincial de Cartagena determinó que el funcionario se extralimitó en sus funciones al proferir la licencia de construcción N° 0185 de fecha 18 de abril de 2016, modalidad Obra Nueva, Uso: Comercio 2-Hotel, sin realizar la debida consulta, ante un vacío normativo, que lo obliga a hacerla, de acuerdo al artículo 102 de la Ley 388 de 1997 y el Manual de funciones del cargo.

En la decisión disciplinaria, el ente de control cuestionó a Llamas Bustos por no verificar presuntamente que las obras autorizadas se ajustaran al Plan de Ordenamiento Territorial -POT- de la ciudad y no consultar a la Secretaría de Planeación del Distrito, como era su obligación, las inquietudes surgidas durante el trámite de la licencia.

“Existe evidencia de las actas de reuniones, del comité de veedurías de la Curadurías Urbanas de Cartagena, en las que se toma la decisión de solicitar la revocatoria de la licencia de construcción No 0185 de fecha 18 de abril de 2016, por contrariar disposiciones establecidas en el Decreto 0977 de 2001, y por no haber elevado la debida consulta ante la Secretaría de Planeación Distrital, contrariando con ello lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 388 de 1997 y el manual de funciones de su cargo”, expone la Procuraduría en el fallo del proceso.

El pasado 21 de febrero el curador urbano fue llamado a juicio disciplinario por este mismo caso. Cabe resaltar que la investigación gira en torno a la licencia de construcción de un aparta hotel ubicado en el barrio Bocagrande y cuyo trámite fue adelantado por Inversiones Salmero S.A.S. y fue autorizado mediante resolución 0185 del 18 de abril de 2016.

La falta fue calificada por el Ministerio Público como gravísima a título de culpa gravísima.

Interponen apelación

Contra la presente decisión en primera instancia el disciplinado y su apoderado, el abogado Fabio Castellanos, interpusieron recurso de apelación que será resuelto en segunda instancia.

En diálogo con El Universal, Castellanos manifestó qué “este fallo no se encuentra en firme dado que en estos momentos el trámite de la sustentación del recurso de apelación que, aún inclusive, no hemos terminado. Estamos en la etapa de audiencia que se encuentra suspendida. La próxima semana se dará la sustentación del mismo”.

y agregó “estoy absolutamente convencido que la segunda instancia revocará este fallo dado que el mismo parte de una interpretación errónea de las normas del plan de ordenamiento Territorial por parte de la Procuraduría Provincial que se basó única y exclusivamente en un criterio esbozado por la comisión de veedurías del Distrito que también interpretó de forma equivoca de las normas”.

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