Contra la Alcaldía de Cartagena, Jaison Acuña Peinado y Yasmín Cortecero Martínez interpusieron una acción de tutela el pasado 28 de marzo. Ellos son propietarios de viviendas en el conjunto residencial Los Guayacanes, en el Pie de La Popa, que presentaron grietas en paredes, desprendimiento de materiales, entre otros deterioros, por la construcción de la Clínica La Ermita.
Al juez 13° Penal Municipal le solicitaron: “Que mediante una orden judicial se tutelen nuestros derechos fundamentales al debido proceso, petición, confianza legítima a las autoridades administrativas, cumplimiento de los deberes de los funcionarios y como mecanismo alternativo para evitar un perjuicio irremediable en nuestra contra, materialización de las sanciones que corresponda a los infractores de las normas urbanísticas”.
Precisan que acudieron a ese recurso judicial porque “presentamos derecho de petición recibido el 28 de febrero del 2019 en las dependencias de la entidad accionada y a la fecha no hemos recibido respuesta alguna por parte del ente accionado, siendo ostensiblemente vulnerado nuestro derecho de petición”.
En ese documento, los accionantes solicitan al Distrito respuesta sobre dos asuntos: “1) Sanción que deben imponer a la sociedad Inversiones JJA & Compañías S en C (propietaria de la Clínica La Ermita) por la demolición de la casa que destruyeron y adquirieron en marzo de 2015, ya que la licencia N° 0079 de febrero 18 de 2015 (de permiso para tales obras) fue negada por la Curaduría Urbana N°1 y confirmada el 24 de marzo de 2015. 2) Corregir la resolución 8731 del 16 de diciembre de 2014, de sanción contra Inversiones JJA & Compañías S en C, ya que el aislamiento lateral con Los Guayacanes debe ser de 3,50 metros desde el piso 1 hasta el 6, tal cual como lo contempla la resolución 0211 del 30 de septiembre de 2009, otorgada por la Curaduría Urbana N° 1, ya que son más de 200,22 metros cuadrados construidos por fuera de la licencia”.
En el derecho de petición cuestionan al Distrito: “¿Por qué la resolución 8731 del 16 de diciembre de 2014, emitida por la Alcaldía de la Localidad Histórica y del Caribe Norte, solamente sancionó los pisos 3 al 6 de la edificación de 6 pisos (...), si la Curaduría Urbana N°1 aprobó la licencia de resolución N° 0211 del 30 de septiembre de 2009, que dice claramente que se aprobó solo para adosarse en el semisótano y con separación lateral con el conjunto residencial Los Guayacanes de 3,50 metros desde el piso 1 hasta el 6?”.
Cabe recordar que el 8 de marzo, la jueza Cuarta Administrativa del Circuito de Cartagena, Maritza Cantillo Puche, impuso sanción de multa equivalente a $64.468.000 a la sociedad Inversiones JJA & Compañías S en C, bajo el argumento de que las obras se desarrollaron sin el lleno de los requisitos legales.
Pero lo más controversial fue que levantó la medida de suspensión de cuatro actos administrativos que desde 2014 ordenan demoler parcialmente el bien inmueble en el Pie de La Popa. Esto porque se estableció que del tercer al sexto piso se construyó un área de 200,22 metros cuadrados por fuera de lo aprobado en los planos de la licencia de construcción.
En el marco de ese fallo, Joaquín Arturo Piñeros Castillo, representante legal de la sociedad y gerente de la clínica, manifestó que de 3.800 metros cuadrados se pretende demoler 200, porque no se ajustan a lo aprobado en los planos de la licencia de construcción otorgada por la Curaduría Urbana N° 1.
No obstante, por considerar que la demolición parcial no es la mejor decisión para reparar el error y que con una nueva área se hace factible cumplir el aislamiento, Piñeros afirmó que ayer se radicó el recurso de apelación contra el reciente fallo.
El gerente destaca que “la clínica ha sido una solución en salud para esta ciudad. Hemos atendido cerca de 10 mil partos en los que solo se nos ha muerto una mujer, y más de 900 personas en Unidad de Cuidados Intensivos, entre niños y adultos”.