Lo que empezó con leves episodios en los que Ernesto Vergara sentía adormecimiento en una de sus manos y un leve mareo, en pocas semanas se convirtió en la razón que le cambió la vida a él y a su familia: el diagnóstico de una enfermedad terminal.
Después de unos exámenes de rutina, su médico general le sugirió visitar un neurólogo, descartando que su malestar tuviera que ver con exceso de peso, tensión alta, triglicéridos o colesterol, preocupaciones normales de un hombre de 52 años.
Acompañado por su esposa, Ernesto se practicó una resonancia magnética que dejó ver el tumor que tenía en la parte frontal de su cabeza, el cual fue retirado mediante cirugía en una de las mejores clínicas del país, pocos días después.
Pero no había nada que hacer. El Cartagenero, padre de dos hijos y quien anhelaba su momento de pensionarse para vivir tranquilo y disfrutar de los frutos de incansable trabajo al lado de su esposa, tenía cáncer. Uno tan agresivo que año y medio después de su diagnostico le causó la muerte.
Han pasado 10 años, y los familiares de Ernesto no han podido olvidarse de lo terribles que fueron sus últimos días, de las convulsiones, los dolores y sobre todo del deterioro físico del hombre fornido y rozagante que se destacó como un excelente deportista.
Asumiendo la fatalidadCon el diagnóstico de enfermedades como el cáncer, el SIDA, complicaciones renales de tipo crónico, entre otras, empieza el calvario para muchas personas que junto a sus familias, tienen que cambiar su modo de vida y someterse a tratamientos médicos que muchas veces no son efectivos.
Lo que resta después de esto, según la familia de Ernesto, es “mirarse cara a cara con una muerte próxima” y aplicar los cuidados paliativos que alivien, de alguna forma al paciente, en su fase terminal.
Para Ernesto, el saber que iba a morir, lo enfrentó a diferentes conflictos que un profesional de la salud debe conocer y ser capaz de valorar.
“Un paciente que sufre una enfermedad terminal ve vulnerada su independencia y al no poder desarrollar su papel habitual en la familia y en la sociedad, acrecienta sentimientos como rabia, miedo, incertidumbre y depresión, por lo cual algunos terminan expresando su voluntad de tener una muerte asistida.
Reglamentación de la eutanasiaEsta semana, el Ministerio de Salud informó que “cumpliendo con un mandato definido por la Corte Constitucional, mediante la Resolución 1216 de 2015, estableció las directrices para la organización y funcionamiento de los Comités que hagan efectivo el derecho a morir con dignidad en los términos de la sentencia T-970 de 2014 y de la sentencia C-239 de 1997”.
Con dicha norma se definen los requisitos y cursos de acción necesarios para que los pacientes con enfermedades terminales puedan anticipar su muerte, siempre y cuando ya se le hayan garantizado y recibido los cuidados paliativos.
Voluntad del pacienteAlejandro Gaviria Uribe, ministro de Salud y Protección Social, explicó que “la Resolución ordena que las personas que expresen su voluntad de tener una muerte asistida deberán cumplir con dos requisitos: ser mayores de edad y padecer una enfermedad terminal”.
Además de lo anterior, el médico tratante de estos pacientes será quien determine las condiciones de su enfermedad y presente ante un Comité interdisciplinario, definido por la Institución prestadora de servicios de salud (IPS), la evidencia con la que éste verificará que las dos condiciones se cumplan, confirmará la voluntad del paciente y ordenará aplicar el procedimiento según la ruta estipulada por la norma recientemente sancionada.
Siguiendo lo establecido en la sentencia T-970, el Comité tendrá 10 días de plazo para verificar la información y después de confirmar la voluntad del paciente de morir de forma asistida, tendrá 15 días para aplicar el procedimiento o en la fecha que el paciente lo indique.
Inicialmente los comités se establecerán en las IPS de mayor complejidad en el país, por ejemplo donde se prestan servicios oncológicos o donde funcionan unidades de tratamiento para pacientes crónicos.
“Si un paciente expresa su voluntad de morir dignamente y cumple las dos condiciones que ordena la Resolución, pero no se encuentra en una IPS que no tiene comité, la EPS deberá trasladarlo a una IPS que tenga comité y que pueda realizar el procedimiento”, dijo Gaviria Uribe.
La Resolución permite la objeción de conciencia del profesional de la salud, pero no permite que haya objeción de conciencia institucional. “Si un médico no quiere hacer el procedimiento por sus convicciones personales, eso se cataloga como objeción de conciencia y eso lo respeta la norma. En ese caso la institución deberá buscar otro médico que realice el procedimiento”, explicó el Ministro.
Y los cartageneros, ¿Qué dicen?De los más de 630 seguidores que respondieron a la pregunta: ¿Está usted de acuerdo con la eutanasia?, publicada en la página de Facebook de El Universal, el 77% aseguró que apoya el derecho a morir dignamente, mientras que el 20% contestó que no, rotundamente y el 3% dijo que “depende de la situación” o no sabía qué era la eutanasia.
"Es obvio que más de uno de los que no están de acuerdo, no han visto a un ser querido con una enfermedad terminal sufrir, con la impotencia de no poder hacer nada. Así que totalmente de acuerdo”, dijo KaRo Ch., seguidora de EU en Facebook.
"No!. No a la muerte asistida. Para mi, muerte digna es permitir el curso de la vida”, Tatiana Jiménez M., Seguidora de EU en Facebook.
